top of page
Foto del escritorNora Elena Jaime

Cumplimiento a protocolos de bioseguridad 

Actualizado: 6 sept 2020


Circular Externa 008 de 2020

Superintendencia de Industria y Comercio. Recolección y tratamiento de datos para dar cumplimiento a protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo del riesgo de la pandemia por el COVID-19.





En general, se debe informar al ciudadano la norma específica que ordena recolectar los datos que se le solicitan para dar cumplimiento a los protocolos de bioseguridad.


No se deben recolectar datos diferentes a los exigidos expresamente por el Ministerio de Salud y Protección Social para efectos de dar cumplimiento a los protocolos.


Los datos recolectados para dar cumplimiento a los protocolos de bioseguridad únicamente se podrán usar para los fines indicados por el Ministerio de Salud y Protección Social, y sólo se podrán almacenar durante el tiempo razonable y necesario para cumplir dichos protocolos. Una vez cumplida la finalidad, el Responsable del Tratamiento de Datos Personales deberá suprimir de oficio los datos recolectados.


Para hablar con uno de nuestros consultores lo invitamos a hacer clic aqui



23 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page